Bienvenidos al blog del doctorado

PROF. FRANK E. RIVAS T. FACES ULA. DOCTORADO EN CIENCIAS CONTABLE. SEPTIEMBRE 2011

viernes, 21 de octubre de 2011

¿Un huracán devastador o un choque catalizador? Globalización y relaciones industriales en Brasil, Colombia y México


Analizado por: Stephanía Alizo

            La cosmovisión reflexiva de Dombois y Pries (1998) en su artículo “¿Un huracán devastador o un choque catalizador?, Globalización y relaciones industriales en Brasil, Colombia y México”, emerge al meditar las siguientes interrogantes: ¿La globalización ha producido cambios similares en estos países? y ¿Se pueden detectar tendencias convergentes en el cambio social general?. El contexto desde el cual se propusieron analizar estas interrogantes, tiene como fundamento a la perspectiva empresarial porque en ésta, es donde se reflejan los cambios, pautas y prácticas de las relaciones industriales, y al mismo tiempo, induce los cambios a nivel macro.
            Los conceptos claves que expresan Dombois y Pries (Ob. Cit.), son los siguientes: (1) Globalización, es un proceso complejo (social, económico y político) que no pasa por el subcontinente como un huracán devastador (que por su naturaleza no se deja influir, filtrar o manipular), sino que viene como un proceso catalizador que se puede prever y preparar, y cuyos efectos se pueden canalizar en ciertos márgenes. (2) Relaciones industriales, son el conjunto de normas y prácticas, los mecanismos y canales de la regulación colectiva de las relaciones laborales y contractuales en sociedades caracterizadas por la relación salarial en la producción de bienes y servicios. Las relaciones industriales juegan un papel crucial como objeto y como filtro de la globalización. Y (3) La empresa, es el lugar donde también se transforman las tendencias macro de globalización y de privatización en acciones y estructuras nuevas concretas, por lo tanto, es el centro de interés en esta investigación.
            La metodología aplicada por los autores, se basó en una investigación empírica comparativa sobre los cambios de las relaciones industriales en Brasil, Clombia y México en el proceso de la transformación política-económica. A un total de dieciséis (16) empresas se realizaron quince (15) entrevistas largas, grabadas y transcritas aplicadas a los actores principales de las relaciones industriales (sobre todo a los responsables del departamento de Recursos Humanos).
            El fundamento empírico, se basó en analizar comparativamente los cuatro (04) posibles caminos de desarrollo de las relaciones industriales en un contexto globalizado que tradicionalmente ha considerado históricamente el derecho laboral:
            1.- Camino neoliberal, que representaría la contención ofensiva de los sindicatos en todos los niveles (solución anglosajona): de estos tres países, Colombia ha acentuado la mayor marginalización de los sindicatos.
            2.- Camino neo-paternalista de exclusión indirecta y de recorte selectivo de las funciones de los sindicatos (solución japonesa): en los tres países no es posible deducir una clara tendencia en esta dirección.
            3.- Nuevo acuerdo de modernización corporativista (neocorporativista): en México y en Brasil, este modelo se convirtió en una opción política seria, sólo del lado de los sindicatos.
            4.- Renovación del sistema de relaciones industriales en dirección a un collective bargaining (solución europea): no representa ninguna tendencia en estos tres países.
            Esta investigación empírica también se fundamentó en la comparación de las políticas laborales aplicadas en estos tres países:
            1.- Flexibilización del empleo: la inestabilidad de los mercados a partir de los años ochenta, contribuyó para que las empresas adopten nuevas formas flexibles de ajuste en el personal: modalidad de contratos, despidos, entre otros. En los tres países los despidos no presentan obstáculos legales o contractuales, siempre y cuando cumplan con las indemnizaciones establecidas para el caso.
            2.- Flexibilización del trabajo ocupacional: las fluctuaciones  de la producción no sólo desataron una fuerte presión, sino también condujo cambios en la misma, creando la flexibilización del trabajo ocupacional con la utilización de la fuerza del trabajo y la relación experiencia/motivación. El “escalafón”, ocupa una manera muy restrictiva y detallada de los puestos de trabajo en México. En Colombia, sólo ha sido restringida mediante normas legales únicamente en el sector público, mediante la carrera administrativa. En Brasil, el derecho laboral restringe sólo algunos aspectos de la movilidad intraempresarial.
            3.- Participación e integración social: son las formas de cooperación y comunicación que tienen como objetivo distensionar las relaciones entre la administración y los trabajadores. Fueron atribuidas a la prerrogativa empresarial, en su mayoría puestas en práctica sin consultar con los sindicatos, a los cuales no se les fija ninguna función explícita y por lo regular no participan en el diseño de dichas políticas.
            Para responder a los retos que atañen las relaciones industriales, los sindicatos dispusieron un limitado espectro de opciones estratégicas:
            1.- Ignoraron o aceptaron. En una fábrica textil colombiana, se expandieron las contrataciones a término fijo, se amplió la rotación en el trabajo, además de la introducción de una evaluación anual, realizándose sin otorgar a los sindicatos derechos de participación alguna. En la empresa brasilera Alfatex, fueron introducidas periódicamente medidas de regulación sin que el sindicato interviniera.
            2- Bloqueo. En la empresa automotriz colombiana Soauto, desde la década de los ochenta, la empresa intentó inútilmente flexibilizar el trabajo y la ocupación, pero mediante huelgas, el sindicato bloqueó el denso paquete de regulaciones restrictivas; así, el bloqueo concluyó con la extinción del sindicato. En Telecom, en Colombia, los sindicatos impidieron la privatización mediante una huelga. El sindicato de la Volkswagen en México intentó defender durante largo tiempo el escalafón contra las políticas de flexibilización, pero fue derrotada mediante estrategias de confrontación masiva por parte de la empresa.
            3.- Negociación. El caso brasilero de la empresa Volkswagen, el sindicato utilizó la estrategia de conflicto y de bloqueo para apaciguar el derecho a los despidos y a la demarcación de las categorías. En las empresas textiles de México,  se realizó la negociación de políticas flexibles de negociación. En la empresa mexicana de telecomunicaciones Telmex, el sindicato aceptó la privatización pero abrió espacios de concertación en campos que incuestionablemente habían sido de la prerrogativa de la gerencia.
            A manera de conclusiones, los autores manifestaron lo siguiente:
            1.- Las políticas de globalización comparativa en Brasil, Colombia y México, conlleva a suponer regímenes bien diferenciados de relaciones industriales.
            2.- Los sindicatos pudieron influenciar las políticas laborales empresariales y la redefinición de las relaciones industriales; además desarrollaron políticas laborales propias y llevarlas a la práctica, aún cuando las empresas intentaron imponer sus políticas laborales sin el concurso o en contra de la voluntad de los sindicatos.
            3.- La globalización ha tenido un efecto catalizador, porque no impacta directamente sobre las relaciones industriales, sino que refuerza, suaviza o transforma los problemas y tensiones estructurales.
            Para finalizar, la trascendencia  de esta investigación, se devela en responder las interrogantes de la cosmovisión reflexiva, es decir, los caminos de desarrollo, las políticas laborales y las opciones estratégicas de los sindicatos,  no se ajustan ni representan una tendencia general y predominante del desarrollo globalizado de América Latina, porque la complejidad de las relaciones industriales no limita a un camino único en el campo globalizado, por lo tanto, no existen caminos convergentes, en el cambio social general.

Trabajo decente en las Américas: Una nueva tendencia del pensamiento social en las relaciones laborales

Por: Stephanía Alizo


            Somalia, Juan (2006), director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), plantea una cosmovisión preocupante en la Agenda Hemisférica de la Decimosexta Reunión Regional Americana celebrada en Brasilia en el año 2006, donde expuso que durante un largo tiempo, la crisis financiera mundial estaba afectando a las naciones, sobre todo aquellas que todavía se encuentran en vías de desarrollo, como es el caso de Latinoamérica.
            Esta realidad se ha reflejado en la desaceleración económica de la región Latinoamericana, especialmente en el incremento de los índices de inflación, de la tasa de desocupación,  de trabajadores pobres e informarles, entre otros aspectos, desmejorando significativamente el ámbito laboral y social.
            Ante tal situación, Somavia (Ob. Cit.), planteó algunas herramientas intelectuales con la teleología de revertir la fuerte recesión económica en esta región, entre ellas, se mencionan:           1.- La construcción de escenarios durante la década 2006-2015, donde se proyectó que la situación económica de Latinoamérica acentuaría su recesión.
            2.- Por tal motivo, fue necesario la construcción de estrategias que contrarrestaran esta situación, y propuso entonces, el constructo “trabajo decente”, el cual había sido creado por el mismo autor en el año 1999, cuando inició su gestión, consistiendo en generar suficientes puestos de trabajo para responder a las demandas de la población, pero también es un requisito indispensable que estos puestos sean productivos y de calidad, y que los trabajadores los ocupen en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana.
            3.- Un nuevo modelo de desarrollo, es decir, se debe aplicar el constructo del trabajo decente en base a las siguientes medidas: incluir políticas de mercado, inversión pública en sectores generadores de empleo, ampliación de la protección social, entre otros.
            4.- Promoción de empleos verdes, como estrategia para asegurar una transición socialmente justa hacia una economía sostenible desde el punto de vista ambiental.
            5.- Aunque la sindicalización y la negociación colectiva han sido instrumentos estancados, la OIT y los gobiernos tienen el desafío de revertir esta situación, desarrollando políticas preactivas para mejorar este ámbito.
            En diciembre de 2010, se celebró la Decimoséptima Reunión Regional Americana, celebrada en Santiago de Chile, y en ésta, el autor citado, presentó un avance de la aplicación de estas estrategias y las comparó con la situación macroeconómica de esta región, en la cual se percibieron resultados positivos, debido al modelo empleado basado en el trabajo decente.
            De lo anterior, se deduce que la cosmovisión problemática en conjunto con la presentación de estas herramientas, fueron planteadas y realizadas por el autor basadas en el método hermenéutico, donde el investigador se implicó con la realidad problemática, para dar respuesta a las interrogantes mundiales, realizando una profunda comprensión e interpretación de los textos en los respectivos escenarios. También manifestó una hermenéutica reflexiva, cuando valoró los avances de la aplicación estratégica en el año 2010.
            A manera de conclusiones, el autor manifestó lo siguiente:
            1.- El trabajo decente es posible en Latinoamérica, como estrategia de desarrollo que genera empleos de calidad y socialmente protegidos en un contexto de diálogo social, fortaleciendo la gobernabilidad democrática.
            2.- En las relaciones de trabajo, las desigualdades pueden ser superadas, siendo una condición para asegurar el ejercicio pleno de la ciudadanía y de las libertades sociales y políticas.
            3.- La crisis ha mostrado que la protección social no sólo es posible, sino que además necesaria para la recuperación, y que ella abre una oportunidad para desarrollar nuevas políticas favorables al empleo.
            4.- Las instituciones laborales han demostrado su naturaleza estratégica, como actores centrales del crecimiento asociado al progreso y la justicia social.
            La trascendencia de Somavia, emerge las siguientes reflexiones, de acuerdo a la inferencia realizada por las terminologías “tendencia”, “pensamiento” y “social”, propuestas por el diccionario en ciencias humanas de Abbagnano (1995):
            1.- La creación de una nueva tendencia en el campo laboral, al impulsar una fuerza creadora de acciones continuas dirigidas al campo de las soluciones, derrumbando pronósticos y cualquier incertidumbre de utopías, conllevando una realidad pesimista a otra  creadora  de  nuevas   oportunidades mediante el “trabajo decente”.
            2.- Construcción del pensamiento social, al percibir una problemática económica, e interpretar un campo de soluciones apoyadas en sentido social con los líderes de la OIT y representantes gubernamentales de los países afectados.
            A manera de reflexiones finales, la nueva tendencia del pensamiento social promovido por Somavia, se presenta como una semilla que es sembrada en el campo de los países que conforman las Américas, donde la turbulencia económica y las plagas del pensamiento tradicional no son suficientes para detener el crecimiento sostenido de una nueva planta, un nuevo ser, un nuevo conocimiento y una nueva oportunidad, donde la fuerza de esta semilla, llamada “trabajo decente”, depende del intelecto de su labrador.
            En la actualidad, los países restantes que todavía no han implementado el trabajo decente, están llamados a una nueva siembra, especialmente, la del trabajo decente.
            El trabajo decente, no representa la única manera de resolver la incertidumbre macroeconómica, pero sí es un elemento iniciador de una transformación laboral que continuamente, buscará aportar lo mejor de sí.

Aproximación crítica a una comparación interpretativa en las políticas de ajuste relacionado con el derecho laboral, visión sindical y la perspectiva empresarial

Por: Stephanía Alizo

                Esta investigación realizó una aproximación crítica a una comparación interpretativa de tres (03) artículos científicos que develan el impacto de las políticas de ajuste en algunos países subdesarrollados de América Latina, atendiendo las cinco (05) categorías de análisis, planteadas por Bruner, Jerone (s/f): cosmovisión,  herramientas intelectuales, método, conclusiones y trascendencia.
                La cosmovisión, de acuerdo al diccionario de filosofía de Ferrater, J (s/f), comprende la totalidad problemática de un actor social. De allí se desprende entonces lo siguiente:
                La cosmovisión laboral de Rodríguez, (s/f), en su discurso “Impacto de las políticas de ajuste en el derecho laboral”, apunta que el Fondo Monetario Internacional (FMI) ha requerido la aplicación de algunas políticas de ajuste, que necesitan la restricción de las remuneraciones y la disminución de los gastos del sector público, sin embargo, no han existido políticas dirigidas a condicionar niveles de precios en el sector privado, quitando la eficiencia en la política antiinflacionaria. Por lo tanto, no han sido suficientes las recetas del FMI, porque ha acentuado el deterioro y desequilibrio económico en los países subdesarrollados, tal cual como sucedió con Argentina en el año 2001.
                Se interpreta entonces, que la ineficiencia de la visión neoliberal del FMI, también se reflejó en Chile, de acuerdo a la cosmovisión sindical de Feres, M (s/f) en su discurso “Ajuste económico y política laboral”, donde apuntó que la receta del FMI orientó a este gobierno al alejamiento de las relaciones laborales, dejando de regular las remuneraciones mínimas, privatizando la seguridad social y la formación profesional, arrojando incremento en la tasa de desocupación, disminución de los salarios reales y el incremento en el sector informal.
                Estas reflexiones apuntan a que la deshumanización capitalista del FMI, también se reflejó en Perú, debido a que Pasco, M (s/f), en su discurso “El ajuste económico: perspectiva empresarial”, menciona que se pretendió brindar protección contra el despido laboral del que gozan un número pequeño de trabajadores, dirigiendo a las empresas a dar menos empleos, por miedo a los compromisos laborales y sociales, los cuales acabaron perjudicando a un gran número de personas desempleadas.
                Ahora bien, en esta investigación se interpreta como herramientas intelectuales, aquellas alternativas que ofrecen los autores que han brindado una aproximación de solución ante las problemáticas planteadas, a diversos países subdesarrollados en Latinoamérica (Argentina, Chile y Perú), de lo cual se infiere:
                Rodríguez (Ob. Cit), plantea herramientas orientadas hacia el derecho laboral, para contrarrestar los efectos de recesión económica, dirigidas hacia dos planos: 1.- El intelectual, continuando con la difusión de su propia cosmovisión laboral. Y 2.- El institucional, dando continuidad con el diálogo socializador entre la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el FMI, con la posición teleológica de aproximar posiciones opositoras.
                Por otro lado, Feres, M (Ob. Cit.), menciona herramientas conducidas hacia tres niveles de transición sindical: 1.- Política, mediante la activación de un modelo democrático participativo, donde los sindicatos procuren consensos nacionales. 2.- Económica, donde emerja el cambio de un modelo neoliberal por un modelo de desarrollo, donde el sindicato apertura su pensamiento ante las posibilidades de competitividad empresarial. 3.- Participación social, promoviendo el diálogo participativo de la comisión tripartita (Estado, empresarios y sindicatos), donde el rol de los sindicatos procura la aplicación de las leyes laborales y la estabilidad del empleo.
                A su vez, Pasco, M (Ob. Cit.), también ofrece una solución intelectual dirigida hacia la visión empresarial: flexibilidad de la contratación laboral, traducido en “mayor facilidad para despedir”, orientado hacia  los contratos atípicos, de esta manera, las empresas tienen menos miedo de contratar, conducente a la disminución de la tasa de desempleo aunque con poca protección social.
                Ahora bien, las estrategias metodológicas empleadas por estos autores para la construcción de sus cosmovisiones y herramientas intelectuales, comprendió en un primer momento metodológico el análisis crítico, al identificar vacíos políticos, económicos y sociales en algunos países subdesarrollados pertenecientes a la región latinoamericana; y en un segundo momento metodológico, la hermenéutica reflexiva, donde se presentaron algunas alternativas que han permitido revertir la recesión económica en estos países.
                Las conclusiones finales de Rodríguez (Ob. Cit.), apuntan que si no se logra corregir esta política de ajuste, debe encararse la defensa práctica de los valores que el derecho laboral busca defender, estableciendo un equilibrio dinámico en búsqueda de aproximar las posiciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el FMI. Las conclusiones de  Feres, M (Ob. Cit.), están orientadas a la motivación de aquellos países que todavía no han salido del estancamiento económico, al comparar el antes y el después de las herramientas intelectuales mencionadas, y su efecto en la recuperación de Chile, gracias a la readecuación de los aparatos productivos, con la intervención activa de los sindicatos, promoviendo la dialéctica y alteridad social. Y las de Pasco, M (Ob. Cit.), se orientaron a resaltar que la flexibilización constituye un esfuerzo de racionalización de búsqueda de adecuación entre lo ideal y lo real, un “ajuste entre lo necesario y lo posible; es dar a los trabajadores lo que el país puede darles, a partir de la admisión de que los grandes males exigen grandes remedios.
                La trascendencia de estas investigaciones está orientada hacia una teleología común: el lograr ajustes a las reformas mecánicas de un sistema neoliberal al menor costo social posible.
                De lo planteado, se presentan como reflexiones finales, que en un primer momento, el ser humano no había sido tomado en cuenta como un actor social pensante, sino como un actor social pasivo y dogmatizado que sólo atiende a las recetas impuestas por el neoliberalismo del FMI, el cual había renunciado hacia los beneficios laborales por niveles de pensamiento poco participativos que en extremo han llegado a la ignorancia del conocimiento mismo. Por tal motivo, el derecho laboral ha interpretado que el verdadero ajuste económico no sólo consiste en deconstruir el significado de las debilidades, sino en reconstruir el sentido de perseverancia y tolerancia para revertir la recesión económica en estos países.
                América Latina, camina en pro de la socio construcción del conocimiento que aborda el costo social de una manera justa, que no se limita sino amplia las concepciones del derecho laboral, la visión sindical y la perspectiva empresarial, las cuales deben estar dirigidas hacia la protección de los derechos del pilar fundamental de nuestra sociedad, como lo es el trabajador.
                Este análisis abre las puertas a futuras investigaciones que merecen ser aportadas en las vertientes del derecho laboral donde se toma en cuenta el estudio del costo social, en una forma dinámica y amplia aplicado a las políticas de América Latina.

lunes, 17 de octubre de 2011

EL ROL DE LOS SINDICATOS FRENTE A LA BUSQUEDA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN VENEZUELA

Frank Rivas

Las primeras formas de organizaciones sindicales se realizaron en la Europa Occidental, principalmente en los países de mayor desarrollo capitalista. En Latinoamérica se comienza con el movimiento de la organización Obrera, en el cual, las ideas y propuestas sindicales europeas llegaban a través de los inmigrantes con formación socialista y anarcosindicalista.
Ahora bien, las organizaciones sindicales en Venezuela comenzaron en 1936, tras la muerte del General Juan Vicente Gómez; y con el gobierno de Eleazar López Contreras se inician las campañas por parte de las organizaciones políticas y gubernamentales, tendentes a lograr la sindicalización masiva de los trabajadores, lográndose así la estructuración de una Federación obrera de Venezuela. Luego cuando ocurre el golpe cívico-militar en 1945, se fortalecen las organizaciones sindicales y reconstituyen la Confederación de Trabajadores en Venezuela (CTV), luego por medio de un Incidente entre AD y Partido Comunista se publico en Gaceta Oficial una resolución ejecutiva estableciendo la disolución de la confederación de Trabajadores en Venezuela (CTV).
No obstante, los sindicatos constituían un pilar fundamental en el sistema de la política, con la función primordial de integrar política y socialmente a los trabajadores, razón por la cual, las diferencias política, los desacuerdos y enfrentamientos generados entre los distintos partidos políticos ocasiono una conflictiva diferencia entre las tendencias sindicales, impidiendo así el desarrollo y crecimiento de las mismas, limitando su autonomía y el margen de sus acciones. La participación manifiesta de los sindicatos fue generando poca credibilidad para los ciudadanos, debido a que se centraba más hacia la lealtad o tendencia de un partido político que al interés propio de defender los derechos laborales de los trabajadores.
Para tal Efecto, los sindicatos no han tenido un proceso de desarrollo fácil, debido a los diferentes cambios que se han generado en la sociedad, como las condiciones sociales, económicas y políticas del país que continuamente se van generando, y lo cual los sindicatos deben ajustarse a los nuevos cambios de paradigmas. En los cuales el estado consideraba que los sindicatos eran parte del estado cuando analíticamente no es así, porque los sindicatos son autónomos que tienen como principal función la defensa de los derechos e intereses de los trabajadores.
Actualmente, los sindicatos gozan de una amplia protección legal nacional e internacionalmente, en nuestra Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999) establece el derecho de los trabajadores y trabajadoras a constituir libremente las organizaciones sindicales para la mayor protección en cuanto a sus derechos laborales y en contra de todo acto de discriminación. Igualmente, la Ley Orgánica del Trabajo establece que los sindicatos son tanto de los trabajadores como de los Patronos, anteriormente hacían mención de obreros, empleados, y patronos.
De acuerdo con lo anteriormente expuesto, Venezuela goza de ser un país de libertad sindical, en lo cual la República Bolivariana de Venezuela ratificó varios convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como entre ellos están, el convenio N°87 Sobre la Libertad Sindical y la Protección al Derecho de Sindicación, dentro del cual establece que los trabajadores y empleadores sin ninguna distinción y sin autorización previa tienen el derecho a constituir las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la defensa de sus derechos, y el Convenio N°98 sobre el Derecho de Sindicación y Negoción Colectiva, establece que los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación en relación a menoscabar la libertad sindical en relación a su empleo.
Ahora bien, entre las relaciones Estado-Sociedad se encuentra principalmente el enfoque del Neoliberalismo, que surge con el intento de reducir la mínima intervención del Estado en materia económica y social, defendiendo así el libre mercado capitalista, como el mejor garante institucional y crecimiento económico de un país. A medida que ha evolucionado se fueron generando cambios, principalmente los de resolver la explotación del trabajador frente a las empresas y los cuales eran los pobres del sistema capitalista, así como también discriminados por la Sociedad.
Por esta razón, el Estado social de derecho está en la obligación de garantizar que la normativa jurídica cuide en realizar la justicia social, de hacer que los derechos sociales, económicos y culturales no sean meros enunciados, sino de pretender a una mejor distribución de la riqueza, de combatir la miseria y la falta de trabajo, de la vivienda, de la salud, educación, entre otros servicios básicos esenciales para el grupo social. Una de las principales disposiciones legales del Estado para los trabajadores es el derecho de percibir unas prestaciones sociales, una seguridad social, salud, vivienda, educación, logrando así neutralizar los riesgos e incertidumbres a que están expuestos los trabajadores.
En efecto, dentro de la tendencia Neoliberal, la Seguridad Social se consideraba una carga económica muy fuerte para el estado, por lo cual crearon sistemas mixtos y complementarios, tanto privados como públicos. Este nuevo sistema debía estar sustentado en el contenido social y de la equidad. De esta manera, se crea el Principio de Solidaridad en la rama socio- económica, basado en la justicia social, el cual consistía en que tanto la sociedad como cada uno de sus miembros hicieran su aporte respectivo para la reconstrucción económica sufrida para ese tiempo, con este principio surgen los componentes fundamentales de los cuales se debería de basar la seguridad social, como son: la subsidiaridad, la universalidad, la integridad, la igualdad y la unidad como eje central de la política democrática.
Asimismo, en Venezuela la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en su artículo 86 establece, que toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público  no lucrativo, que garantice salud y asegure la protección en contingencia de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, vivienda y cualquier otra circunstancia de prevención social. Igualmente deberá garantizar la efectividad de este derecho. En la Ley Orgánica de Seguridad Social, establece tres nuevos sistemas, tales como: Sistema Prestacional de Salud, Sistema Prestacional de Previsión Social y Sistema Prestacional de Vivienda y Habitad, y cada uno tendrá a su cargo régimen prestacionales mediante los cuales se brindará la protección ante las contingencias amparadas por el sistema de seguridad social.
Por último, el Estado a través de las políticas sociales se fundamenta el trabajo a una participación con la Sociedad Civil de colaboración conjunta, y en el cual el idealismo principal de un sindicalismo democrático es la defensa de los derechos laborales de los trabajadores, hacen que puedan comprometerse por la lucha a una seguridad social integral basada en los principios de solidaridad; además, más que un derecho laboral es un derecho humano y social de todos los ciudadanos y ciudadanas residentes de la República y los extranjeros residenciados legalmente.

Crisis económica y democracia contratada. Institucionalización de la acción sindical, y concertación social

Antonio Baylos

La crisis económica ocurrida en los años 70, originó un cambio cualitativo en la visión de las relaciones de trabajo, y más allá con la regulación de las normativas y exigencias económicas. Adicional a esto, la necesidad de recuperar el excedente económico perdido por la crisis energética, el incremento del déficit fiscal, la reestructuración de la nueva división internacional del trabajo, y la reducción del gasto público, condujo a la implementación de unas políticas de saneamiento industrial y un freno a los programas de bienestar social.
Era el momento de la concepción del Derecho de trabajo como rama normativa que ponía en práctica mecanismos de distribución de la riqueza social, tendencia orientada hacia la concepción de la igualdad sustancial.
Todo esto, se abordó en tres (3) aspectos fundamentales. En primer lugar, la ausencia de la Juridificación de las relaciones colectivas de trabajo, ya que se encontaba dominada por la ley como instrumento regulador, la cual se traduce en la problemática de la juridificación de las relaciones colectivas de trabajo, considerada como la formalización e institucionalización de expectativas sociales; donde el poder normativo del Estado impide satisfacer la creciente demanda de regulación proveniente de la sociedad.
En segundo lugar, la Concertación Social, que no es más que acuerdos entre los sectores, el cual conduce al intercambio de información y consulta entre los actores sociales, propicia la influencia del sindicato más representativo en las decisiones políticas y económicas de carácter general. Es la única forma en que se puede dar los procesos decisionales complejos que configuran un sistema centralizado de codecisión trilateral a través de consultas y acuerdos.
Y en tercer lugar, se tiene la Concertación trilateral, considerado como el procedimiento que se emplea en los organismos de concertación entre tres sectores: gobierno, empleadores y empleados (sindicatos). Es un proceso codesional que integra la actuación del poder público; los acuerdos sólo pueden lograrse a través del estado, y mediante su intervención.
La concertación social expresada en los acuerdos tripartitos, se beneficia de su propia informalidad. En la experiencia histórica, como la española, se ha llegado a precisar jurídicamente la naturaleza de estos acuerdos sociales. No se trata de pactos sociales de eficacia programática, ni se sitúan en un área externa a la constitución formal, sino que constituyen una manifestación genérica del principio constitucional de negociación colectiva.

El redimensionamiento del Derecho del trabajo en la actualidad. Algunas piezas del modelo
La polivalencia de la forma-contrato y la exaltación de la autonomía individual en las relaciones de trabajo
Se dice que desde la segunda mitad de los años 80, se extiende la visión de la autonomía individual y del contrato como expresión máxima, donde surge una inquietud sobre la recuperación de espacios de libertad individual.
Por ello, se visualiza ciertas corrientes en el desarrollo de las relaciones laborales, que permite detectar la relevancia sobre la autonomía individual en función de las normativas de la relación de trabajo. Entre estas corrientes se encuentran:
1.- La relevancia del libre acuerdo de voluntades en la calificación del trabajo prestado como laboral o extralabora. Los conceptos normativos y clasificatorios que sirven de base al ordenamiento jurídico-laboral se resume en tipo bipolar entre trabajo autónomo y trabajo subordinado o dependiente, los cuales tienen características particulares para cada país. Se puede decir que la contraposición entre trabajo autónomo/trabajo dependiente se ha dado, en los años 80, una inversión de la tendencia expansiva de las fronteras del trabajo sometido a la tutela del Derecho laboral. Esto se evidencia con la experiencia ocurrida en Europa, Italia, Francia, Alemania y España. Esta autonomía del trabajo tiene como finalidad la recuperación de espacios negociables libres diferentes y ajenos al fenómeno de laboralización.
2.- La función del contrato individual de trabajo en la diversificación de tutelas en el interior del propio sistema jurídico-laboral: las relaciones de trabajo atípicas; la tendencia de los años 80 es la búsqueda de flexibilización de los niveles de protección asignados por el Derecho de Trabajo, es decir, la revalorización de los espacios no sometidos a la legislación laboral. Este fenómeno se aprecia en la práctica de los ordenamientos europeos, aunque se puede apreciar mejor esta tendencia en el caso español. Lo que se requiere es la legalidad de los contratos individuales del trabajo atípico, referte al tema de duración del trabajo, prórrogas, movilidad funcional, definición polivalente de tareas a realizar, sistema de turno, ordenamiento de la jornada, o composición del salario. La individualización de las relaciones de trabajo atípicas no supone un síntoma de recuperación de espacios de libertad individual. El contrato así concluido es un símbolo de radical desigualdad. Implica la privación de todos los derechos y garantía contractuales ligados con la estabilidad en el empleo, la imposibilidad práctica de la promoción profesional, la inmunización frente a la acción sindical y la ampliación desmesurada de los espacios de poder unilateral del empresario.
3.- La importancia de la autonomía contractual en la determinación directa y no residual de las condiciones de trabajo; en este apartado también se estudia la regulación de las condiciones de trabajo de la autonomía contractual individual, por ser el único elemento regulador. Esto se manifiesta cuando los empleados de una empresa de cierto rango, pero no directivo, como los llamados cargos de confianza, son excluidos del convenio colectivo y sus condiciones de trabajo se regulan a través de un pacto individual. Todo esto está relacionado con el problema de la condición más beneficiosa, en la medida en que aquella exclusión de convenio puede realmente ceñirse a la pactación de aspectos parciales de condiciones de empleo no previstas en lo negociado colectivamente.
4.- La dificultad de canalizar a través de la forma contractual intereses no patrimoniales; Aquí se habla de una renovación del contrato individual de trabajo, del que se descubre cierta polivalencia, más allá de lo que se define como minusvaloración de la forma contractual y su reducción a un lugar residual en su papel conformador de las relaciones de trabajo; conociendo el contrato como un elemento de maximización de las utilidades recíprocas. La falta de valorización de los intereses no patrimoniales en la construcción del contrato individual del trabajo es evidente, y esta carencia es un dato asumido implícitamente en la raíz estructural del mismo.
La determinación realmente no es el individuo ni los intereses contrapuestos como la que simboliza el contrato, sino una coincidencia entre los fines organizativos de la empresa y en su estructura de actuación.



Prof. Yosmary Durán
Doctorado en Ciencias Contables. 3ra. Cohorte

La crisis laboral mundial abordada desde la legalización, la legitimación y la refundación

Prof. Yosmary Durán

Este primer apartado realizado por el Dr. Hector Lucena (2011), trata sobre la grave crisis que experimenta el movimiento sindical de los trabajadores en Venezuela, analizado desde la legalidad, la legitimación y la refutación. Donde la legalidad se refiere a la tramitación burocrática basadas en las normativas vigentes. La legitimación privilegia las organizaciones de masas, el someterse a escrutinio e interpelación en condiciones democrática. La refundación es un proceso más profundo que la legitimación, implica renacer, se traduce en nuevos conceptos, valores y prácticas. Esta crisis se ha originado porque nuestro sistema laboral se ha caracterizado más por lo legal que por lo legítimo. Esto se puede apreciar a través del desarrollo de dos casos. El primero, el sometimiento de las elecciones sindicales al intervencionismo del CNE; y el segundo, la inclusión de la creación de los Consejo de los Trabajadores por la vía de una Ley Orgánica del Poder Popular; ambos casos son legales pero ilegítimos. Esta característica de más lo legal que lo legítimo se ha instalado en virtud de una nueva institucionalidad, que ha estimulado las organizaciones basadas en los territorios y las comunidades y no en función del trabajo y la producción. Estas nuevas realidades suponen un intenso trabajo de educación política.
Por otra parte, esta crisis no es exclusiva de Venezuela, sino que también se manifiesta en otras partes del mundo (oriente), como se puede analizar con el activismo obrero en Egipto, con lo ocurrido en la huelga de la ciudad industrial de Mahalla, dándole un mayor impacto con el uso de las redes sociales, permitiendo la creación de una nueva dinámica. Dicha huelga se debió a las subidas de los precios, corrupción y postposturas políticas. Este emerger de protestas no solo es religioso, sino que allí viven hombres y mujeres que exigen demandas sociales ante la salida de un régimen y la creación de una nueva institucionalidad, que cumpla con el activismo obrero que ha sido unos de los mayores movimientos sociales del mundo árabe que los medios de comunicación no han divulgado.
Ahora bien, Patricio Tonelli investigador de la Fundación SOL, explica que existen graves problemas laborales de los trabajadores, producto de la imposición de un modelo neoliberal (Americano), aplicado en Chile y que ahora sopla con vientos fuertísimos en Europa, específicamente en Italia en la empresa automovilística FIAT, con los planes de la implementación de dos (2) empresas: Pomigliano y Mirafiori. Este autor presenta este ejemplo práctico para reflexionar si el “trabajo es un bien común”: hacia un nuevo modelo social y de desarrollo, marcado por los desafíos de la globalización que han encontrado apoyo en el gobierno y en la mayoría de los medios de comunicación, a través de un proceso de legalización más no de legitimización, cambiando todas las estructuras, y con esto desmejorando las condiciones laborales, sin ni siquiera garantizándole las condiciones mínimas de los trabajadores, como el desmantelamiento de los contratos colectivos nacionales, encierro de los sindicatos de la empresa y creación de relaciones laborales autoritarias.
Álvaro Rein (2011) señala que Marchionne -Director Italo-Canadiense dirige simultáneamente  la FIAT y la Chrysler-, trató de legitimar el acuerdo para la creación de las plantas organizando un referéndum entre los trabajadores donde  pregunto a los trabajadores si estaban de acuerdo con abandonar voluntariamente el Convenio Nacional y adherirse individualmente a un nuevo convenio de la empresa, a cambio de garantizar las nuevas inversiones y el futuro de sus puestos de trabajo. Pero para la FIOM (Federación empleados y obreros metalúrgicos) este referéndum en su esencia es ilegítimo porque hay derechos irrenunciables de los trabajadores que no  pueden estar a disposición de lo patronal. En este sentido, podemos apreciar que las luchas de los trabajadores no son nacionales ni regionales sino va más allá, son globales.
Por su parte, Daniela Marci, señala que ya hay un precedente de querer celebrar contratos desconociendo los derechos mínimos que se han alcanzado por casi un siglo, y los cuales han sobrepasado la legitimidad presente en la legislación laboral y hasta en el Código Civil, más aún los derechos constitucionales.
Para concluir, Lucena comenta que en las Relaciones de Trabajo y particularmente en la libertad sindical, ha impactado en los nuevos tiempos sobre la criminalización de la protesta laboral, ejemplificándose esto con los políticos presos que responde a sentencias o procesos por la ejecución de delitos comunes, reflejados con acciones de calle que acompañan inevitablemente la protesta social y laboral, y que ha representado casi el 73% de todas las formas de protestas. Esto se observa con el caso de Rubén González, quien a pesar de ser liberado, ha sido criminalizado y sujeto a restricciones de sus derechos y libertad. Dicha criminalización de la protesta laboral se debe a dos aspectos: primero, la aglomeración de leyes restrictivas que hacen riesgosa la actividad sindical y la protesta social en general, y segundo, es la dualidad de Estado Regulador y Estado Productor; donde se visualiza patronos estatales empoderados y confiados por contar con el apoyo de los órganos estatales. También es importante destacar que la criminalización no solo se apunta hacia lo público, sino también va hacia lo privado.

DOSSIER:SISTEMA DE RELACIONES DE TRABAJO: CONFORMACIÓN Y EVOLUCIÓN

DOSSIER SOBRE: “SISTEMA DE RELACIONES DE TRABAJO: CONFORMACIÓN Y EVOLUCIÓN
                                 DE LOS ACTORES LABORALES”.
Prof. Frank Rivas. FACES ULA. Doctorado en Ciencias Contables. Septiembre de 2011

1.       Ajuste económico y política laboral. Por el autor Martin Carrillo.
1.1)            Significado de la política de ajuste
1.2)            Consecuencias sociales de la política de ajuste
1.3)            Actitud del Laborista ante esta realidad
2.       Ajuste económico y política laboral: visión sindical.  María Ester Feres (Chile)
Introducción
2.1)            El concepto de ajuste  y las estrategias de implementación
2.2)            Un alcance del concepto de política laboral
2.3)            Los efectos del ajuste en la política laboral Chilena
2.4)            Las medidas de reflotamiento frente a la crisis política, social y laboral
2.5)            Las reivindicaciones del sindicalismo frente a los resultados del ajuste
2.6)            Algunos desafíos futuros de las políticas laborales
3.       El ajuste económico perspectiva empresarial. Por Mario Pasco Cosmópolis (Perú)
3.1)            Ajuste estructural, neoliberalismo y derecho laboral
3.2)            El ajuste laboral en concreto
3.3)            Los empresarios y el ajuste laboral
3.4)            Realismo versus utopía
4.       El rol del Estado en las relaciones laborales.  Por Enrique O. Rodríguez (Argentina)
4.1)            Aproximación histórica
4.2)            Cambio estructural y nueva política de relaciones laborales
4.3)            El rol del Estado
5.       Teoría de las relaciones industriales de cara al siglo XXI. Transformación del sistema de relaciones  industriales bajo efectos de la globalización. Por José Ignacio U. García
5.1)            Introducción
5.2)            Del liberalismo Manchesteriano a la globalización:
5.2.1) Primera fase: el sistema fabril, un logro de capitalismo liberal ausencia de un modelo de relaciones laborales
5.2.2) Segunda fase: internacionalización colonialista del modelo fabril capitalista (1848-1920/30).
5.2.3) Tercera fase: internacionalización gerencial (MN) y recursos humanos (1920/30-1975)
5.2.4) Cuarta fase: la mundialización del capital bajo el impacto tecnológico (1965-1990)
5.2.5) Quinta fase: la globalización del capital (última década del Siglo X y albores del siglo XXI)
5.3) Conclusiones
  6. Hacia un nuevo marco institucional laboral en Venezuela. Por María B. Orlando y Josué Bonilla G.
                  6.1) A manera de Introducción
                   6.2) Situación del mercado laboral y políticas laborales en Venezuela
                   6.3) Conclusión
  7. Relaciones Laborales. Conceptos generales  y tipología Internacional. Autor Georges Spyropoulos. (OIT)
                  7.1) Definiciones
                        7.1.1) Relaciones Laborales
                        7.1.2) Los sistemas de relaciones laborales
                   7.2) El funcionamiento de los sistemas de relaciones laborales
                   7.2.1) Los actores
                        7.2.1.1) El Gobierno
                        7.2.2.2) Los Trabajadores
                        7.2.2.3) Los Empleadores
     7.2.2) Mecanismos y procedimiento de las relaciones laborales
                        7.2.2.1) Los conflictos de trabajo
                        7.2.2.2) La negociación colectiva
                        7.2.2.3) Consulta, colaboración, participación
                7.2.3) Factores que influyen en la evolución de los sistemas de relaciones laborales.
7.2.3.1) La estructura económica, social y política
7.2.3.2) El marco legislativo y reglamentario
7.2.3.3) El estudio de los problemas humanos y sociales del trabajo
7.2.3.4) Acción Internacional
7.3) Tipología Internacional de las relaciones laborales
7.3.1) Criterios de clasificación
7.3.2) Presentación de los sistemas de relaciones laborales
7.3.2.1) Sistema de subsistencia
7.3.2.2) Sistema feudal o se siervo-señor
7.3.2.3) Mercado de trabajo primitivo
7.3.2.4) Mercado de trabajo de empresa
7.3.2.5) Corporatismo de empresa
7.3.2.6) Sistema bipartito
7.3.2.7) Sistema tripartito
7.3.2.8) Corporatismo del Estado
7.3.2.9) Movilización social
7.3.2.10) Sistema socialista
7.3.2.11) Trabajadores independientes o por cuenta propia
7.3.3) Limitaciones de la clasificación propuesta
7.3.4) Dinámica de los sistemas: El presente y el futuro
7.3.4.1) Sociedades  tradicionales
7.3.4.2) Sociedades en transición y marginalidad
7.3.4.3) Sociedades modernas
7.4) Relaciones laborales transnacionales
7.4.1) Transferencia de sistemas nacionales de relaciones laborales
7.4.2) Compañías multinacionales integración económica regionales
7.5) Conclusiones
7.5.1) Evolución futura de los sistemas de relaciones laborales
7.5.2) Principales tendencias
7.5.2.1) Diversidad de los sistemas
7.5.2.2) Aceleración del cambio
7.5.2.3) Intensificación de los conflictos
7.5.2.4) Politización de las relaciones laborales
7.5.2.5) Nacionalización de los sistemas
7.5.2.6) Transnacionalización de los procesos
7.5.2.7) Importancia del estudio y de la formación
8. Derecho del Trabajo: modelo para armar. Por el autor: Antonio Baylos
            8.1) La progresiva conformación del Derecho del Trabajo
                        8.1.1) Introducción
                        8.1.2) El vinculo contractual. La forma-contrato como principio
                        8.1.3) La relevancia de la idea de la organización empresarial. El
                                   “destronamiento” del contrato y la relación comunitaria
                                   de trabajo
                        8.1.4) El descubrimiento del Estado como organizador social. La intervén-
                                   ción normativa directa en materia de relaciones laborales
                        8.1.5) La afirmación de un sistema de autonomía colectiva plena. Plura-
                                     Lismo colectivo y ordenamiento intersindical como hipótesis tipi-
                                   Cas explicativas
                        8.1.6) La teorización del conflicto permanente. El rechazo de la paz y la
                                     Unilateralidad de las formas de autonomía de clase
                        8.1.7) Crisis económica y “democracia contratada”. Institucionalización
                                     de la acción sindical y concertación social.
8.2) El redimensionamiento del Derecho del Trabajo en la actualidad algunas piezas
        el modelo
            8.2.1) Introducción
            8.2.2) La Polivalencia de la forma-contrato y la exaltación de la autonomía
                        Individual en las relaciones de trabajo
9. El Trabajo en el mundo. Relaciones Laborales, democracia y cohesión social. Por la OIT
    (1997-98).
            9.1) Los sindicatos y sus problemas
            9.2) Los sindicatos en la hora de su renovación
            9.3) Las organizaciones de empleadores
            9.4) Las relaciones de trabajo y el sector no estructurado
10. El cambio en las relaciones industriales en América Latina. Por el Dr. Héctor Lucena
            10.1) Introducción
            10.2) El populismo y los movimientos de trabajadores
            10.2) El cierre del ciclo populista
            10.3) El corporativismo: Relación del Estado con el movimiento sindical
            10.4) La ola democrática y sus reformas
            10.5) El neoliberalismo
            10.6) Fuerzas promotoras
            10.7) Impactos en el conjunto de la sociedad
            10.8) Impactos en el Estado
            10.9) Los cuestionamientos al derecho laboral y a los sistemas de relaciones de
                      Trabajo
            10.10) Movimiento sindical: Respuestas
            10.11) Reacciones iníciales
            10.12) La concertación y sus límites con el corporativismo y el neoliberalismo
            10.13) Apertura e integración
            10.14) Pago de la deuda
            10.15) Mercado Laboral
            10.16) Reforma de la seguridad social
            10.17) ¿Nuevas respuestas sindicales?
            10.18) ¿Hacia dónde vamos?
            10.19) Líneas de desarrollo teórico y empírico deseables
11. ¿Un huracán devastador o un choque catalizador? Globalización y relaciones industriales en Brasil, Colombia y México. Por el autor Rainer Dombois e Ludger Pries
            11.1) Introducción
            11.2) La empresa y las relaciones industriales-marco conceptual y diseño de la
                       Investigación
            11.3) Pautas de cambio en una perspectiva comparativa: ¿cambios convergentes
                       de las relaciones industriales?
            11.4) Políticas laborales empresariales, sindicatos y relaciones industriales
            11.5) Globalización, privatización y relaciones industriales
            11.6) Perspectivas de las relaciones industriales en el cambio social de América
                       Latina
12. El factor trabajo como tema en la agenda global. Por el autor Carlos A. Romero
            12.1) Los cambios globales
            12.2) Nuevas perspectivas
            12.3) El impacto de la globalización en el trabajo
                        12.3.1) Un mapa conceptual
                        12.3.2) Nuevas expectativas laborales
            12.4) La innovación en el factor trabajo
                        12.4.1) Los aspectos políticos
                        12.4.2) Los aspectos económicos y tecnológicos
                        12.4.3) Los aspectos culturales
13. El rol de los sindicatos frente a la búsqueda de la seguridad social en Venezuela.
      Por el autor: Frank Eduardo Rivas Torres
            13.1) Conocer el  marco jurídico por el cual se rigen los sindicatos en Venezuela
            13.2) El papel que han jugado los sindicatos como ente dinamizador en la pro-
                        Moción o demandas al sistema político de estrategias sociales en Vzla.
            13.3) La autonomía de los sindicatos frene al Estado como organización repre-
                        sentativa de los trabajadores, teniendo en cuenta que estamos en un
                        Proceso de transición
            13.4) Una vez cumplidas o superadas las limitaciones, obstáculos o barreras
                      ponerse en sintonía con la premisa de solidaridad como producto his-
                       tórico dentro del sistema de seguridad social.
14.  Los sindicatos y la desarticulación de la clase obrera. Por Richard Hyman.
            14.1) Tesis: desagregación, división y el fin del sindicalismo solidario
            14.2) Antítesis: argumentos  y tendencias en contra
            14.3) ¿Hacia una síntesis?