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PROF. FRANK E. RIVAS T. FACES ULA. DOCTORADO EN CIENCIAS CONTABLE. SEPTIEMBRE 2011

domingo, 30 de octubre de 2011

Relaciones Laborales Conceptos Generales y Tipología Internacional Por el autor: Georges Spyropoulos

Participantes: Zulay Camacho
                         Yosmary Duran

Para poder comprender en su esencia y en su contexto actual las Relaciones Laborales, se hace necesario definir unos conceptos generales y  la tipología internacional de las relaciones laborales, según el autor Georges Spyropoulos (1976) del Instituto Nacional de Estudios del Trabajo de la OIT.
Las relaciones laborales se refieren a las relaciones sociales en la producción, en el sentido más amplio de la expresión, que incluye a la industria, los servicios y la agricultura: tanto del sector público como del sector privado, en los regímenes capitalistas como en los comunistas o sean todas las formas de actividad económica y todas las formas de relaciones, independientemente de la presencia o de la ausencia de una organización de tales relaciones.
También se conceptualiza como procesos o procedimientos de toma de decisiones por los cuales se determinan las condiciones de ejecución del trabajo.
Una segunda definición de importancia es la de los sistemas de relaciones laborales, es la estructura y los procedimientos por medio de los cuales se establecen las normas de trabajo y se adoptan las decisiones; es importante acotar con relación a este tópico que el primero en clasificarlas como “sistema” fue el economista norteamericano John Dunlop en su ya famoso estudio titulado Industrial Relations Systems. Por otra parte acota esta autor, que entre los factores del medio ambiente en el cual funciona un sistema de relaciones laborales. Dunlop destacó la estructura la estructura del poder sociopolítico, el mercado del producto y la tecnología de la producción.
Otro de los conceptos que va asociado es el funcionamiento de los sistemas de relaciones laborales, y en este sentido tenemos:
a) Las partes de las relaciones laborales, es decir los actores que participan en la vida de los sistemas, los cuales son:
1. El Gobierno: la importancia de este ente se manifiesta de varias maneras en su intervención como promotor de la política laboral en su calidad de empleador, en este sentido el marco legislativo instituido por el Estado tiene evidentemente una importancia decisiva para las relaciones laborales.
2. Los Trabajadores: son los actores principales de los sistemas de relaciones laborales. Para comprender el funcionamiento de estas relaciones, se necesita conocer las características generales de la clase trabajadora en un país dado: fuentes de contrataciones (rurales, urbanas), estadísticas de la mano de obra por sectores, características demográficas, calificaciones y formación, grado de integración en la vida económica, actitudes, etc.
2.1) Otro de los actores importantes y que son organismos representativos de los intereses de los trabajadores son los sindicatos, es una organización integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral, respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que están relacionados contractualmente.
3) Los empleadores: es aquel que crea uno o varios puestos de trabajo y los ofrece con el fin de que sean ocupados por trabajadores bajo su mando, y a través de un contrato de trabajo.
b) Mecanismos y procedimientos de las relaciones laborales, los cuales se engloban en tres grupos de preocupaciones:
b.1) Los conflictos de trabajo y su solución
b.2) Los mecanismos de determinación de las condiciones de trabajo y sobre todo, la negociación colectiva y
b.3) La consulta, la colaboración y la participación.
c) Factores que influyen en la evolución de los sistemas de relaciones laborales, entre estos se tienen: la estructura económica, social y política, el papel del legislador, al desarrollo del estudio sistemático de los problemas humanos y sociales del trabajo y, por último, a la acción internacional, en particular a la ejercida por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Por otra parte, con relación a la Tipología internacional de las relaciones laborales, puede basarse en varios criterios: 1) El contexto tecnológico de la producción; 2) Las relaciones de poder entre las partes en el sistema de relaciones laborales; 3) El nivel y la naturaleza de las decisiones que se toman dentro del sistema; 4) La reacción con el sistema político de un sistema dado de relaciones laborales.
Por otra parte la presentación de los sistemas de relaciones laborales, pertenecen a once tipos básicos de relaciones sociales, los cuales son: 1) Sistema de subsistencia;2) Sistema feudal o de siervo-señor; 3) Mercado de trabajo primitivo;4) Mercado de trabajo de empresa; 5) Comparatismo de empresa; 6) Sistema bipartito; 7) Sistema Tripartito; 8) Corporatismo del Estado; 9) Movilización Social; 10) Sistema Socialista; y 11) Trabajadores independientes o por cuenta propia.
Esta clasificación descrita y propuesta tiene los defectos de todo el esfuerzo de sistematización en el campo de las ciencias sociales: arbitrariedad, esquematismo, rigidez, entre otros. Primero, porque los términos utilizados para definir los once tipos de sistemas de relaciones laborales son puramente descriptivos. Segundo, es referente a la significación histórica de la clarificación, ya que hay que evitar la confusión que surge al considerar el orden de la presentación de los sistemas sigue un orden de evolución en la transformación de los sistemas. Tercero, los sistemas propuestos no tienen en todos los casos, alcance nacional, varios si temas pueden coexistir dentro del mismo país, mientras que por otra parte, pueden interesar a un pequeño número de actos en dos o más países. Y cuarto, la tipología propuesta no es exhaustiva y existen situaciones marginales que no ha sido posible incluir en ninguno de los once tipos propuestos.
De la tipología propuesta se puede reducir el número de sistemas de relaciones laborales, tomando en cuenta el presente y la evolución futura, entre grupos de sistemas: 1) sistemas vinculados con una tecnología primitiva (subsistencia y feudal); 2) sistemas relacionados con la marginalidad y la transición (mercado de trabajo primitivo y de empresa, movilización); y 3) sistemas relacionados con sociedades modernas o sectores modernos de sociedades atrasadas (corporatismo de empresa y del Estado, bipartito, socialista, cuenta propia).
Los sistemas de relaciones laborales que prevalecen en las sociedades tradicionales, son interesantes sobre todo en la medida en que serían reemplazados por otros, más articulados y que corresponden a las exigencias de la modernización. La marginalidad se halla en el centro del debate en cuanto a los tres sistemas de los cuales se tratará, como son: mercado de trabajo primitivo, mercado de trabajo de la empresa, movilización social; estos sistemas se hallan a su vez en el centro del proceso modernización. Y con respecto a las Sociedades modernas, se puede decir, los tres sistemas que están en el centro de la noción de modernidad de sociedades industriales modernas son el bipartito, el tripartito y el socialista. Las dos tendencias corporatistas (corporatismo de empresa y corporatismo del Estado) son desviaciones de menor importancia numérica; en cuanto al sistema por cuenta propia, es un sistema aparte, muy especial.
Aislados a los sistemas nacionales de relaciones laborales existe intercambio internacionales, o transnacionales que influyen tanto en su fisonomía actual como en su evolución futura. Existen dos formas de relaciones transnacionales: la trasferencia de sistemas nacionales de relaciones laborales de un país a otro, y la aparición de procesos transnacionales que implican una internacionalización de las relaciones sociales en la producción.
Como conclusión de lo comentado aquí, se puede expresar en dos grupos: por una parte, las que se refieren a la evolución futura de cada uno de los once sistemas de la tipología propuesta, por otra, una serie de reflexiones sobre las tendencias y los principales rasgos característicos de las relaciones laborales en el mundo.

Referencias Bibliográficas
Spyropoulos G. (1976): Relaciones Laborales. Conceptos Generales y Tipología Internacional, OIT, Instituto Nacional de Estudios del Trabajo.

El cambio en las Relaciones Industriales

Participante: Lic. Zulay Camacho

En los estudios de relaciones de trabajo uno de los niveles de análisis de mayor amplitud es el referido a la relación entre los modelos de desarrollo y los marcos institucionales. Es decir, cuál es el sistema de acumulación dominantes y cuáles son las reglas de funcionamiento que le son inherentes. En este sentido, el autor plantea en los últimos quince años hemos sido testigos de profundas transformaciones en los sistemas de acumulación y los marcos regulatorios, lo cual lleva inexorablemente a plantearse el análisis de en qué medida se están produciendo estos cambios. En este sentido, para ver el desarrollo de estos cambios, se identificaran los modelos de desarrollo en controversia: 1. El que permitió la modernización de la región por medio de la industrialización por sustitución de importaciones, acompañado por el sistema político identificado como populismo y por una relación del Estado con los actores laborales basada en relaciones corporativas, y 2. Su transformación al régimen neoliberal, en la mayoría de los países tras un intermedio de periodos autoritarios, aunque esto último no es una condición sine qua non de dicho sistema de acumulación. Este último el modelo neoliberal se plantea una situación central en la polémica actual, como que el sindicalismo no tiene lugar en dicho proyecto, incluso se considera algo del pasado, que estorba.
El populismo y los movimientos de trabajadores
El proceso de modernización en América Latina se produce especialmente en los años de la gran depresión –los treinta-, y la adopción de políticas de industrialización basadas en la sustitución de importaciones. En generala este proceso de modernización se tradujo en el fomento de organizaciones políticas y laborales que llegó a ser lo que la bibliografía ha denominado populismo, fenómeno político de masas cuya caracterización incluye un entorno urbano, una base social pluriclasista, una ideología ecléctica y ambigua con un tinte de nacionalismo, y un líder carismático. (Collier, 1979).
El cierre del ciclo populista
A partir de los años sesenta en diversos países de América Latina empezaron a entrar en crisis las políticas adoptadas en la etapa precedente.
El corporativismo: Relación del Estado con el movimiento sindical
El desarrollo político populista dio lugar a un tipo de relación del Estado con el movimiento sindical caracterizada por la dominación, entendida ésta como obediencia a mandatos de jerarquías superiores. El movimiento sindical adquiere funciones políticas y económico-productivas que subordinan las relaciones laborales en el nivel de la empresa  a las políticas estadales, determinando que los asuntos críticos se resuelvan en este nivel (De la Garza, 1993). Por otra parte, con el corporativismo no sólo se modeló a los movimientos sindicales, sino que éstos contribuyeron al desarrollo del capitalismo en la región, en este sentido el precio pagado por el movimiento sindical fue la disminución de su autonomía. La profunda implantación del corporativismo en la relación del Estado con los movimientos sindicales condujo a un proceso complejo, y bajo este esquema se alcanzó el mayor desarrollo del movimiento, así como la estabilización del desarrollo capitalista en la región. Los movimientos sindicales se convirtieron en elementos constitutivos del propio Estado. En este sentido, el resultado final fue una más activa presión sindical en el plano macro ante el Estado, pero una débil acción reivindicativa en el centro de trabajo.
La ola democrática y sus reformas
Al ciclo autoritario le sucede el de una nueva ola democrática, el cual caracteriza a toda la década de los ochenta. Esta década, si bien permitió la recuperación de libertades democráticas y entre ellas, obviamente, las sindicales, también significó un profundo retroceso en materia económica (tan sólo Chile y Colombia muestran signos positivos en su crecimiento económico, aunque no destacaron por los derechos sindicales. La denominación de la ola atiende al hecho de que históricamente en la región se han sucedido ciclos democráticos y autoritarios.

El neoliberalismo
Se trata de la adopción de políticas en la liberación y el libre mercado, donde el mercado externo desempeña un papel fundamental. El neoliberalismo, si bien tiene un conjunto de rasgos comunes, también se manifiesta con visibles diferencias, de acuerdo con las particularidades de cada sociedad.
Fuerzas Promotoras
El impulso al neoliberalismo tiene su antecedentes en la “revolución conservadora” de los gobiernos del Reino Unido y de Estados Unidos. M. Thatcher del Partido Conservador y R. Reagan del Partido Republicano, quienes, a partir de 1979 la primera y de 1980 el segundo, promovieron la difusión de políticas neoliberales en el resto del mundo.
Impactos en el conjunto de la sociedad
Entre las críticas al neoliberalismo “realmente existente” formulada por Schmitter (1996) se destacan: 1. Su exclusivo hincapié en el individualismo; 2) su indiferencia respecto a las persistentes desigualdades, tanto en la distribución de los beneficios como en la representación de los intereses de los ciudadanos.
Impactos en el Estado. A partir de los procesos de industrialización América Latina se ha caracterizado por una fuerte intervención estatal en la esfera económica y, por supuesto, en la laboral. Esto ha estado influido por dos importantes factores: por un lado, la herencia colonial ibérica con su espíritu burocrático y el legalismo y por el otro lado por la modernización la política populista. Estas condiciones trajeron consigo políticas proteccionistas para el desarrollo económico. Bajo este amparo el Estado asumió el papel de protector del trabajador individual, dando lugar a una voluminosa legislación laboral. La creación de la OIT en 1919 y la Iglesia Católica ofrecieron sustento adicional a este papel protector del Estado, lo que lo llevo a un Estado benefactor.
Los cuestionamientos al derecho laboral y a los sistemas de relaciones de trabajo
Es claro que están planteados nuevos problemas a los sistemas de relaciones de trabajo y al derecho laboral. El neoliberalismo da lugar a que los procesos productivos se organicen de maneras nuevas, lo que tiene implicaciones en la gestión de la fuerza de trabajo y en las relaciones laborales. En el ámbito normativo laboral se produce un proceso de desregulación de las relaciones de trabajo.
Movimiento sindical: Respuestas
Este aspecto ser refiere a que necesariamente hay que plantearse la pregunta si el sindicalismo está preparado para los nuevos escenarios, ya que predomina la percepción de que no lo está por desactualizado.
Reacciones iníciales. En esta inicialmente se deja ver la acción de nuevos actores sociales, que los sindicatos no percibieron o ignoraron, en algunos casos con una representación más eficaz que los mismos sindicatos, ya que éstos se encontraron atrapados en los conceptos y métodos tradicionales (Wachendorfer, 1995). Aquí se incluyen organizaciones de mujeres, informales, profesionales, ONG.  
La concentración y sus límites con el corporativismo y el neoliberalismo
En las relaciones de trabajo se encuentra con la concertación social como un proceso en el cual los actores, partiendo de posiciones divergentes y manteniendo su independencia, buscan un acuerdo.
Mercado Laboral. En el neoliberalismos este mercado se ha agudizado a situaciones extremas, esto ha llevado a la el trabajo informal ha adquirido niveles superiores al mercado formal de trabajo. En cuanto a la seguridad social el neoliberalismo la identifica como una carga muy fuerte para el Estado.
Líneas de desarrollo teórico y empírico deseables. Finalmente el autor plantea unas acciones que podrían ayudar a mejorar la situación anteriormente planteada:1) Analizar la relación del marco institucional y la modernización económica;2) Asociar la competitividad del sistema productivo con los mecanismos de concertación social;3) Analizar la viabilidad de acciones regionales de parte de las organizaciones sindicales;4)Nuevas instituciones para distribuir de manera adecuada los recursos en una escala mundial y que creen mecanismos adecuados para el control de los capitales financieros:5)Evaluación de la políticas laborales en la región:6) Necesidad de redefinir y compartir el empleo.

El Factor Trabajo como tema en la Agenda Global. Por el autor: Carlos Romero (UCV).

Participante: Lic. Zulay Camacho

            Los cambios globales
            En las últimas cuatro décadas la humanidad ha venido presenciando el fenómeno de la globalización. ¿En qué sentido este proceso significa un reto para los estudios humanos y en qué medida afecta al propio conocimiento de una realidad cada día más compleja y mas confusa?. Con relación a este importante aspecto el autor Romero C. (2003), trata de responder en su obra a esa pregunta, a través del análisis de uno de los aspectos de esos cambios: el trabajo remunerado; esto es, la transformación de la naturaleza y el ejercicio de una acción por el ser humano que es recompensada a través de un salario y que ha venido relevando sus fundamentos e instrumentos.
            El investigador Romero C. Plantea que aunque todavía no está clara la relación entre la globalización y el trabajo remunerado, sí se tienen algunos datos que indican al menos tres tendencias: 1) que la concepción organizacional típica de la era industrial (horario fijo, especialización, fábrica, tiempo libre) se ha alterado; 2) que en nuestra época se abren múltiples opciones para el trabajo remunerado; 3) que de ser ciertas estas opciones, se derivan algunas consecuencias para la estabilidad política y para la manera de organizar la relación entre gobernantes y gobernados.

       A partir de las tendencias anteriores, es factible preguntarse por la relación entre las transformaciones del trabajo remunerado y la globalización. En este sentido se debe recordar que a partir de la segunda mitad del siglo XX, sociólogos, politólogos y economistas vienen advirtiendo sobre profundos cambios que estaban ocurriendo en las sociedades capitalistas avanzadas. Desde entonces prevalece la discusión sobre sus alcances en unas sociedades post-industriales (y en algunos casos en sociedades en transición), las cuales se caracterizan por romper con los moldes tradicionales de la industrialización.
            Todo esto conlleva a un cambio en la organización política, la conformación económica ahora global, las condiciones laborales con nuevas estructuras, cambios educativos, culturales y religiosos y las nuevas definiciones de la tecnología, lo cual obliga a los investigadores actuales a plantearse la necesidad urgente de revisar los postulados anteriores, y tratar de explorar nuevas alternativas conceptuales con un sentido del todo y su relación con las diversas variables para comprender unas sociedades que están en movimiento y llenas de  complejidad. (Lindberg, 1976; Kahn and Briggs, 1972; Bell, 1973; Kennedy, 1998; López Levy, 1999).
            Romero en este sentido plantea, que lo que en un momento inicial era algo meramente de carácter interno, por los cambios tecnológicos, económicos y sociales, han llevado a una profunda transformación en el plano internacional, hemos pasado del mundo bipolar al mundo multipolar.
            A partir de allí,  este autor plantea que es necesario seleccionar y analizar algunas tendencias de las transformaciones globales: en primer lugar, la generación de la nueva economía basada en lo tecnológico; en segundo lugar, la aparición de una nueva dirección de la política basada en lo flexible, y en tercer lugar, la creación de nuevas condiciones laborales, en donde, al declinar el poder de los sindicatos, declina también la negociación colectiva.
            Nuevas perspectivas
            El debate sobre las consecuencias de estos cambios en el trabajo remunerado tiene un gran interés en el estudio de la globalización. Una particular atención según el autor, que merece el análisis y la discusión de las nuevas formas y procesos económicos y tecnológicos que impulsan y redimensionan las caracterizaciones modernas sobre el empleo, el salario, la organización del trabajo, la lucha sindical, la seguridad social, el ocio y los elementos relacionados con el tema.
            Estos nuevos procesos económicos, o la generación de una nueva economía, nos traslada de los modelos Fondista y Taylorista basados en la producción de una fábrica, con obreros determinados y con un horario determinado, están dejando de ser utilizados en un proceso productivo cada día mas dependiente de nuevos patrones gerenciales, en lo que se ha dado a llamar la flexibilización de el trabajo.
            El Impacto de la globalización en el trabajo. Un mapa conceptual. El importante dibujar un verdadero y riguroso conocimiento, de un tema tan trascendental como lo es el de los cambios globales. Por lo que investigadores han sometido a consideración para abordar este objeto de conocimiento cuatro criterios fundamentales: 1) el peligro de un conocimiento único, (pensamiento neoliberal), el cual hace énfasis en criterios de utilidad, individualización y mercado; 2) la pérdida de los criterios políticos y jurídicos; 3) la confusión en los conceptos de globalización y desempleo; 4) y la aparición paulatina de enfoques no tradicionales que giran alrededor de una superación del enfoque económico neoliberal, sobre la base de la idea de la solidaridad y la cooperación y de la búsqueda de satisfacciones personales y sociales distintas al lucro.
            Nuevas Expectativas Laborales
            En cuanto a las relaciones laborales, ni está planeado una visión puramente sindical, ni tampoco una visión supra-sindical. Ni se puede volver a los viejos tiempos ni tampoco desconocer a los nuevos. Por lo que el autor, plantea que se esta entrando en un momento en el cual, es la misma noción del trabajo desde la óptica occidental lo que se esta cuestionando. La consecuencia mas directa de esto, es precisamente la transnacionalización del capital que genera una serie de problemas económicos entre los que se destacan: 1) la persistencia de corrientes proteccionistas por parte de los diversos gobiernos, 2) grandes desequilibrios en el mercado de divisas; 3) un elevado desempleo estructural tanto en los países avanzados; 4) la inseguridad laboral causada por la restricción del conocimiento.
            Estos cambios en la economía internacional han originado a la vez tres problemas de carácter global que afectan directamente al trabajador: 1) pérdida de fuentes de trabajo por la competencia internacional, 2) intensificación de los flujos migratorios, por la transnacionalización del mercado laboral, 3) y como consecuencia de lo anterior una creciente disfunción laboral y la pérdida de la separación entre el trabajo y la vida privada.
            La innovación en el factor trabajo.
                        Los aspectos políticos
El mundo globalizado favorece una política económica, comercial y laboral sin fronteras, y contribuye a la aparición de un trabajador transnacional que no obedece a los criterios organizacionales, que no le interesa la afiliación sindical y que no tiene una adscripción nacionalista. Los trabajos, los productos y las redes empresariales se convierten en transnacionales, dentro del marco de la internacionalización del capital.
            Los aspectos económicos y tecnológicos
            Producto de estos aspectos, el trabajo como concepto esta cambiando en el marco de una civilización científica-técnica que esta transformando la dinámica económica, lo que más tarde llamó Alvin Toffler, la «Tercera Ola».
            O también a lo que Romero C. (2003) ha llamado el desplazamiento de la organización fondista por las redes postfordistas, lo que produce una gran incertidumbre al trabajador.

El problema sindical en Colombia y la violatoria de los derechos de los trabajadores visto desde la legitimación (Informe de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia y CTC)

Participante: LIc. Zulay Camacho

En una reunión sostenida con Miguel Morantes, presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) con la misión de Alto Nivel de la OIT para plantearle los problemas existente en Colombia con relación a la libertad sindical. Ellos reciben la Comisión de la OIT y hacen una exposición minuciosa con el objeto de lograr el compromiso del gobierno y obtener el cumplimiento de las 39 recomendaciones señaladas por el órgano de control de la OIT; es importante señalar que ya se ha acudido varias veces a este organismo de control para obtener un compromiso firme por parte del gobierno Colombiano, sin alcanzar los resultados esperados. Esto se evidencia en que no se ha logrado el acuerdo Tripartito por la libertad sindical y la democracia.
            A pesar del apoyo de OIT, sus expertos no están teniendo en cuenta el caso de Colombia, jugándose con esto la credibilidad y legitimidad en su mecanismo de control. Más grave, el Estado Colombiano no ha cumplido con las recomendaciones emanadas por la OIT, convirtiéndose entre los primeros países de mayor incumplimiento de los compromisos con la OIT.
            Aunque ha surgido un nuevo gobierno que pretende cambiar su mala imagen, las evidencias del mundo de lo laboral muestran que no ha sido así. Prueba de ello, es la infinidad de atropellos graves y la elevada criminalización contra la protesta laboral, desconociendo por completo el cumplimiento del convenio 87: violencia antisindical, impunidad de los crímenes cometidos contra el sindicalismo, ausencia de reparación para el sindicalismos, obstáculos para el ejercicio del derecho de asociación, límite al derecho de negociación, huelga y formas de precarización laboral que impide la asociación sindical.
            El primer aspecto es la Violencia antisindical; esto se ha manifestado en violaciones a la vida, libertad e integridad; de esta violatoria ocurrido en todo el mundo, es importante señalar que un 62% ha ocurrido en Colombia y los expertos no han dicho nada. A pesar de esto, el Estado ha adoptado medidas ante la violencia antisindical mediante un programa de protección, que no ha podido implementarlo como tal por no contar con la información necesaria. Sin embargo, se crea en el 2009 la Ley 1309 que modifica el Código Penal donde se refleja que el Estado debe cumplir, la cual ha sido impuesto por la Constitución Política y ha sido objeto de recomendaciones por la OIT, todo para darle una mejor impunidad de los delitos cometidos contra sindicalistas, que supera el 98%. Casos presentados por la violencia antisindical se tiene: el de Edgar Ramírez y Rafael Cuello. Ahora bien, la Federación Colombiana de Educadores (FECODE), ha sido la federación sindical más afectada por la violencia contra sus miembros, pues la profesión docente en Colombia, es una del más alto riesgo.
Dentro de este mismo orden de ideas se tiene un segundo aspecto que es la impunidad, en la cual después de realizado un diagnóstico está representando un problema sumamente grave, por lo que la Fiscalía General de la Nación se ha avocado en la investigación de estos casos. Sin embargo, y a pesar de ello, se mantiene un 98% de sentencias que mantiene la impunidad a las violaciones de los derechos sindicales. En este sentido el Estado adopta la Ley llamada de Justicia y Paz, en donde las fiscalías y los jueces deberían atender el innumerable número de casos pero en la práctica solo todo este sistema ha discutido 18 casos atentando contra los derechos judiciales. Por ello, la OIT recomienda en virtud de la preocupación que garantice que el Poder Judicial será investigado. Esto se muestra en el informe a través de varios casos el homicidio de Jorge Darío Hoyos y la desaparición de Guillermo Rivera.
Como un tercer aspecto tenemos la Reparación individual y colectiva al Sindicalismo, cuyo estudio revela que la reparación colectiva no es un conjunto simple de medidas, por el contrario implica un complejo y largo proceso social y político que demande grandes acciones de movilización y negociación. Esto se traduce en afectaciones a los derechos laborales, las libertades sindicales y a las garantías democráticas. Y en este aparte, las medidas adoptadas por el Estado para un tipo de reparaciones administrativas son el Decreto 1290 del 2008, la ley de Victimas, Ley de Tierras y Fondos de reparaciones a las víctimas. Es importante señalar las recomendaciones impuestas por organismos de los derechos humanos conforme al derecho internacional, en virtud de la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no-repetición.
Como cuarto tópico que contempla este informe está la asociación, la cual ha sido más formal que real, acompañado de una práctica antisindical en incremento, mostrando a Colombia como el país entre los de menos sindicalización en el mundo, sobre todo en las áreas públicas: de salud, educación y seguridad social. Y en cuanto al sector empresarial están muy cerca de cumplir su propósito de radicar sus sindicatos en los negocios.
Como quinto tópico es la negociación, el cual se hace de manera ilegítima como lo establezca el empresario, e inclusive el gobierno.
Y finalmente, todos estos casos se muestran tanto en el sector privado como en el sector público colombiano, a los efectos de demostrar una alta sensibilidad y servir como proceso de reflexión en el mundo laboral del trabajo.

(*) CUT: Central Unitaria de Trabajadores
              de Colombia
(*) CTC: Confederación de Trabajadores
              de Colombia

Referencias Bibliográficas

Central Única de Trabajadores de Colombia y Confederación de Trabajadores de Colombia (2011): Solo Anuncios no son Resultados, Informe de la CTC a la Misión de Alto Nivel (OIT). Febrero 14 de 2011.

La progresiva conformación del Derecho del Trabajo. Reflexiones sobre la autonomía de esta rama del ordenamiento, y su paulatina decantación como precipitado científico. Por el autor: Antonio Baylos

Participante: Zulay Camacho

            Para estudiar la progresiva conformación del Derecho del Trabajo es importante en primer lugar definir esta disciplina, sin embargo tal cual como lo plantea Alonso Olea (1981) “el problema de la definición de una disciplina es, pues, el de la indagación de sí está soportada en la realidad por la presencia de una zona no aislada ni cerrada, pero sí típica, del ordenamiento, y, en otro plano, por una diferenciación específica del Derecho”(p.2)
Ahora bien, otra complicación, es su autonomía, cuya noción implica etimológicamente la capacidad o aptitud de un sistema para regularse por sí mismo. De esta manera, el planteamiento del problema en Derecho del Trabajo supone referirse a una autonomía dogmática y científica, y a una autonomía institucional.
            Para profundizar en los planteamientos anteriores, el análisis que sigue no ignora, la progresiva conformación del derecho del trabajo como sistema normativo autónomo, por lo que se estudiaran varios aspectos:
En primer lugar el vínculo contractual. La forma-contrato como principio.
Armoniosamente y en plena libertad, intérpretes de la razón, los individuos aislados se relacionan entre sí como autonomías individuales, y la forma típica de su relación es el contrato, en este sentido la sociedad se puebla de individuos libres que pactan. El contrato es pues el espejo jurídico de funciones sociales específicas, filtro de operaciones de intercambio de bienes y de servicios en el mercado, de las muy fundamentales libertades de comercio, de industria y de trabajo. Estos bienes y servicios, sujetos por la ley de la oferta y la demanda, y producto de las relaciones civiles  en la sociedad productora de mercancías, permite contemplar al empresario y al trabajador como seres libres e iguales, que se relacionan a través del contrato. El trabajador se presenta ahora como un individuo libre «en la persona». De esta manera, el trabajador, en cuanto propietario sólo de su fuerza de trabajo inmediata, no puede sino enajenar su única posesión libre, y mediante su consentimiento voluntario, entrega su libertad y se somete a otro sin coerción, en uso de su razón autónoma y solamente en virtud de su consentimiento.
            En segundo lugar se hace necesario estudiar la relevancia de la idea de la organización empresarial. El «destronamiento» del contrato y la relación comunitaria de trabajo.

            La posición central del contrato se difumina, en cuanto deja de ser el elemento constitutivo indispensable del Derecho del Trabajo, y se realza una situación de hecho, caracterizada  por su carácter organizativo y social que vincula a los hombres a una asociación de trabajo, la empresa, concebida como totalidad orgánica de miembros y no como simple yuxtaposición de trabajadores o de prestaciones de trabajo. La reducción de la función del contrato permitirá la configuración de la figura autónoma de la relación de ocupación como relación fáctica de trabajo; la incorporación del trabajador a la empresa se considerará el «momento distintivo» de tal relación. De esta manera, «se incorpora la personalidad misma a un organismo económico», con independencia de todo forma contractual.

            En tercer lugar se hace necesario subrayar el descubrimiento del Estado como organizador social. La intervención normativa directa en materia de relaciones laborales.
En el descubrimiento del nuevo papel del Estado en tanto que organizador social –y económico- de la sociedad, coinciden al menos en dos  versiones, con soluciones políticas diferentes. Serán denominadas, por convención:
  1. La versión totalitaria del Estado como organizador social:
En esta explicación es Estado, se reserva la posibilidad de normar directamente –o a través del reconocimiento de elementos de participación corporativa- tanto las condiciones mínimas de trabajo como las relaciones profesionales. La importancia de esta intervención, se extiende y globaliza, se realza además con la fijación del carácter imperativo de tal intervención normativa y el establecimiento de un principio de jerarquía normativa estricto. Por otra parte, entre el Estado y el trabajador se  materializaba no sólo una relación de protección, sino un deber de fidelidad que se traducía en el aumento de la producción y en la exigencia de responsabilidad por falta de rendimiento. Ante la unidad inescindible entre el interés económico de la empresa y el interés general de la nación, los deberes «laborales» son también deberes «políticos». En este orden de coordenadas, el Estado unitario no puede permitir la expresión del conflicto social, ni la formación de intereses colectivos al margen de los definidos estatal o empresarialmente.
  1. La versión democrática. El «contrapeso» de la intervención estatal:
En esta interpretación el Derecho del Trabajo se concibe como un derecho especial de los trabajadores subordinados, producto del Estado y de la autotutela de los propios trabajadores para corregir y remediar la desigualdad socio-económica y jurídica realmente existente. En esta teorización del Derecho del Trabajo se refleja un proyecto de reforma social protagonizado por el Estado y su acción de tutela, pero en el que se abre un espacio de actuación para las organizaciones sindicales, supeditado a aquél, y que cobra cuerpo especialmente mediante la racionalización de la negociación colectiva.
            En cuarto lugar la afirmación de un sistema de autonomía colectiva plena. Pluralismo colectivo y ordenamiento intersindical como hipótesis típicas explicativas.
En cuanto a este tópico, los modelos típicos que podrían ilustrar este elemento teórico del Derecho del Trabajo son dos. Uno lo constituyen las manifestaciones de «abstención legislativa» del derecho inglés; y el otro, la teorización italiana sobre el «ordenamiento intersindical».
Estos dos modelos, coinciden en la recuperación de la negociación colectiva como elemento nuclear del sistema de regulación de las relaciones del trabajo, con el añadido de que esto supone el desplazamiento de la función reguladora hacia sedes colectivas, disolviéndose tendencialmente la relación individual y los poderes del empresario en estructuras estandarizadas, desarrolladas por los mecanismos de intervención colectiva. Lo que enseñan estos dos patrones teóricos es la necesaria (y relativa) autonomía de los mecanismos de negociación y de los sujetos colectivos que pactan.
Y por último en quinto lugar la teorización del conflicto permanente. El rechazo de la paz social y la unilateralidad de las formas de autonomía de clase.
Para abordar este aspecto, se señalan los acontecimientos sociales y políticos de Europa a finales de los años 60 y hasta la crisis de los 70, y que influyeron decisivamente en la teoría iuslaboral de la época. Estos acontecimientos pusieron las bases para un nuevo planteamiento de las relaciones entre el sistema político y el económico que desde luego habría de influir en el desarrollo de esta rama del Derecho.


Referencias Bibliográficas
Baylos A. (1991): Derecho del Trabajo: modelo      para armar, Editorial Trotta, Madrid.

Los Sindicatos y la desarticulación de la clase obrera. Por el autor Richard Hyman.

Participante: Lic. Zulay Camacho

En la década de los setenta, el análisis teórico de los movimientos sindicales estaba fuertemente influido por las perspectivas de intercambio político y de mediación neocorporativista de intereses, estas relaciones neocorporativas transmitían una “posición reconocida públicamente”, sin embargo las afirmaciones de los sindicatos en el sentido de que ellos representaban a los trabajadores se veían con escepticismo. El conjunto de los sindicatos constituyera un mediador legítimo y verdadero de los intereses de la clase obrera; y el aumento en las tasas de afiliación a los sindicatos parecía un símbolo de su credibilidad como representantes, el reconocimiento externo de su legitimidad, como mediadores de la clase obrera.
            Según Müller-Jentsch (1988), los sindicatos de los años ochenta han enfrentado tres crisis: de agregación de intereses; de lealtad de los empleados; y de representatividad, además de estar interconectados, estos tres temas se vinculan a una cuarta crisis: la esclerosis de las organizaciones. “Los movimientos como el sindicalismo tienen una historia de vida: infancia, juventud, madurez, vejez y muerte” (Touraine, 1986: 157). Pero los sindicatos han generado procedimientos de rutina y sistemas internos de intereses creados que se resisten a los cambios radicales que las nuevas circunstancias exigen.
            Sin embargo, el tema principal que plantea el autor de este artículo, es el problema de la agregación y la desagregación de intereses. Muchas de las dificultades en que estuvieron inmersos los sindicatos en los años ochenta fueron atribuidas a la creciente diversificación –o, más bien, al conflicto- de intereses dentro de la clase obrera de cada país.
Para abordar este tema el autor explica los siguientes conceptos. La definición de desagregación se puede explicar a través de una serie de procesos interdependientes: 1. Un viraje del colectivismo hacia el individualismo, reflejado en el descenso de las tasas de afiliación a los sindicatos; 2.Una polarización dentro de la clase obrera ( entre los de adentro y los de afuera);3.Un creciente particularismo de las identidades y proyectos colectivos desde el punto de vista del empleador, la ocupación y el sector económico o industria; 4.La fragmentación dentro de la “clase obrera organizada” expresada en conflictos intra e intersindicales, y en un debilitamiento de la autoridad de los liderazgos nacionales y las confederaciones centrales.
            El diagnóstico en las tendencias desagregativas que afecta a todos los movimientos laborales de debe a: baja en las tasas de afiliación, en la influencia y la eficacia, o en ambas; un repliegue del los programas “solidarios” tradicionales; un vació por la falta de integración entre política y estrategia.
La metodología empleada por el autor para el desarrollo de esta inquietud científica es el análisis dialéctico: tesis-antítesis-síntesis, o sea en la dialéctica de Hegel , la antítesis forma junto con la tesis una síntesis. En este sentido, el investigador Hyman R. (1996), para explicar  las tendencias anteriores, presenta en primer lugar un  examen de los argumentos que subrayan a  desagregación y sus efectos en el sindicalismo; en segundo lugar, presentar un resumen de los argumentos en contra; y por último, breve y tentativamente, desarrollar una síntesis de las posiciones en conflicto.
Tesis: desagregación, división y el fin del sindicalismo solidario. Los argumentos respecto a la existencia de un creciente proceso de desagregación y división pueden agruparse en tres amplias categorías: la primera se refiere a los problemas coyunturales de la estagnación y la recesión económicas; la segunda, a los cambios ocupacionales y sectoriales de largo plazo y  a los cambios en las políticas administrativas y en la organización de la producción; y la tercera, al surgimiento de tendencias culturales, institucionales, ideológicas y políticas más difusas.
Antítesis: argumentos y tendencia en contra. En este sentido la contraposición del autor plantea, que para muchos críticos, el diagnóstico de una crisis de la agregación de intereses esta hipersimplifido, hipergeneralizado y es demasiado determinista, por otra parte, los argumentos en contra, la verosimilitud de la tesis de la desagregación depende de manera importante de una visión mitologizada del pasado, por lo tanto, los sindicatos se desarrollan sobre la base de la segmentación del mercado de trabajo y al mismo tiempo refuerzan esta segmentación. Continua expresando el autor que quien lleve un hilo histórico de los sindicatos, se dará cuenta de la escasa originalidad de la tesis de la desagregación. Y es mas apunta que la heterogeneidad y el desarrollo desigual siempre habían sido característicos de las relaciones económicas capitalistas.
 Con relación a los cambios ocupacionales y sectoriales, Hyman plantea que estas han sido muy diferentes según el contexto de cada país.
Ahora bien, señalando el viraje del colectivismo al individualismo, es discutible en tanto resulta una interpretación unilateral de un conjunto de procesos culturales complejos y variados. Este individualismo plantea el investigador puede verse como un reto, sino también como una oportunidad para los sindicatos.
También se puede cuestionar la tesis de que los cambios sectoriales y ocupacionales en el empleo son una fuente inevitable de debilidad y decadencia sindical, en este sentido no hay razón señala Kelly (1990:34), para suponer que las “nuevas” categorías de trabajadores están predispuestas de manera inherente contra la organización colectiva, en consecuencia, una mayor diversidad de las organizaciones no necesariamente implica una fragmentación.
No obstante, desde una perspectiva diferente, la reestructuración del empleo, puede verse como un poderoso impulso hacia la renovación del sindicalismo, hacia nuevas demandas de negociación colectiva, nuevos métodos de organización, acción, y nuevos formas de democracia interna.
¿Hacia una síntesis?
La unidad, en opinión del autor, no se puede imponer de manera artificial ni burocrática. A pesar de las circunstancias adversas, opina el investigador, que sigue habiendo un espacio para las iniciativas estratégicas de los movimientos laborales y dentro de ellos, de manera que sea posible contar con nuevos medios para trascender las divisiones y construir los intereses comunes.
Conclusiones
La tesis de la desagregación parece conjuntar muchos rasgos de los aprietos (¿la crisis?) del sindicalismo en la década de los ochenta, los cuales se aprecian por el descenso en las tasas de afiliación, eficacia reducida, conflictos inter e intrasindicales, un “vacío de orientación” (Offe, 1985) al responder a los desafíos que plantean las épocas actuales y difíciles.
La antítesis, se argumento  supone, por encima de todo lo demás, es que los sindicatos poseen un margen de elección  al responder a los cambios y retos del capitalismo de finales de siglo XX.
Síntesis lo que ciertamente se requiere es una nueva lógica, para la solidaridad de los trabajadores. Desarrollara modernas formas de solidaridad es una tarea colosal aunque no imposible; puede ser prematuro decirle adiós a la clase obrera – o al movimiento laboral-  en el mundo.