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PROF. FRANK E. RIVAS T. FACES ULA. DOCTORADO EN CIENCIAS CONTABLE. SEPTIEMBRE 2011

domingo, 30 de octubre de 2011

El problema sindical en Colombia y la violatoria de los derechos de los trabajadores visto desde la legitimación (Informe de la Central Unitaria de Trabajadores de Colombia y CTC)

Participante: LIc. Zulay Camacho

En una reunión sostenida con Miguel Morantes, presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) con la misión de Alto Nivel de la OIT para plantearle los problemas existente en Colombia con relación a la libertad sindical. Ellos reciben la Comisión de la OIT y hacen una exposición minuciosa con el objeto de lograr el compromiso del gobierno y obtener el cumplimiento de las 39 recomendaciones señaladas por el órgano de control de la OIT; es importante señalar que ya se ha acudido varias veces a este organismo de control para obtener un compromiso firme por parte del gobierno Colombiano, sin alcanzar los resultados esperados. Esto se evidencia en que no se ha logrado el acuerdo Tripartito por la libertad sindical y la democracia.
            A pesar del apoyo de OIT, sus expertos no están teniendo en cuenta el caso de Colombia, jugándose con esto la credibilidad y legitimidad en su mecanismo de control. Más grave, el Estado Colombiano no ha cumplido con las recomendaciones emanadas por la OIT, convirtiéndose entre los primeros países de mayor incumplimiento de los compromisos con la OIT.
            Aunque ha surgido un nuevo gobierno que pretende cambiar su mala imagen, las evidencias del mundo de lo laboral muestran que no ha sido así. Prueba de ello, es la infinidad de atropellos graves y la elevada criminalización contra la protesta laboral, desconociendo por completo el cumplimiento del convenio 87: violencia antisindical, impunidad de los crímenes cometidos contra el sindicalismo, ausencia de reparación para el sindicalismos, obstáculos para el ejercicio del derecho de asociación, límite al derecho de negociación, huelga y formas de precarización laboral que impide la asociación sindical.
            El primer aspecto es la Violencia antisindical; esto se ha manifestado en violaciones a la vida, libertad e integridad; de esta violatoria ocurrido en todo el mundo, es importante señalar que un 62% ha ocurrido en Colombia y los expertos no han dicho nada. A pesar de esto, el Estado ha adoptado medidas ante la violencia antisindical mediante un programa de protección, que no ha podido implementarlo como tal por no contar con la información necesaria. Sin embargo, se crea en el 2009 la Ley 1309 que modifica el Código Penal donde se refleja que el Estado debe cumplir, la cual ha sido impuesto por la Constitución Política y ha sido objeto de recomendaciones por la OIT, todo para darle una mejor impunidad de los delitos cometidos contra sindicalistas, que supera el 98%. Casos presentados por la violencia antisindical se tiene: el de Edgar Ramírez y Rafael Cuello. Ahora bien, la Federación Colombiana de Educadores (FECODE), ha sido la federación sindical más afectada por la violencia contra sus miembros, pues la profesión docente en Colombia, es una del más alto riesgo.
Dentro de este mismo orden de ideas se tiene un segundo aspecto que es la impunidad, en la cual después de realizado un diagnóstico está representando un problema sumamente grave, por lo que la Fiscalía General de la Nación se ha avocado en la investigación de estos casos. Sin embargo, y a pesar de ello, se mantiene un 98% de sentencias que mantiene la impunidad a las violaciones de los derechos sindicales. En este sentido el Estado adopta la Ley llamada de Justicia y Paz, en donde las fiscalías y los jueces deberían atender el innumerable número de casos pero en la práctica solo todo este sistema ha discutido 18 casos atentando contra los derechos judiciales. Por ello, la OIT recomienda en virtud de la preocupación que garantice que el Poder Judicial será investigado. Esto se muestra en el informe a través de varios casos el homicidio de Jorge Darío Hoyos y la desaparición de Guillermo Rivera.
Como un tercer aspecto tenemos la Reparación individual y colectiva al Sindicalismo, cuyo estudio revela que la reparación colectiva no es un conjunto simple de medidas, por el contrario implica un complejo y largo proceso social y político que demande grandes acciones de movilización y negociación. Esto se traduce en afectaciones a los derechos laborales, las libertades sindicales y a las garantías democráticas. Y en este aparte, las medidas adoptadas por el Estado para un tipo de reparaciones administrativas son el Decreto 1290 del 2008, la ley de Victimas, Ley de Tierras y Fondos de reparaciones a las víctimas. Es importante señalar las recomendaciones impuestas por organismos de los derechos humanos conforme al derecho internacional, en virtud de la restitución, la indemnización, la rehabilitación, la satisfacción y las garantías de no-repetición.
Como cuarto tópico que contempla este informe está la asociación, la cual ha sido más formal que real, acompañado de una práctica antisindical en incremento, mostrando a Colombia como el país entre los de menos sindicalización en el mundo, sobre todo en las áreas públicas: de salud, educación y seguridad social. Y en cuanto al sector empresarial están muy cerca de cumplir su propósito de radicar sus sindicatos en los negocios.
Como quinto tópico es la negociación, el cual se hace de manera ilegítima como lo establezca el empresario, e inclusive el gobierno.
Y finalmente, todos estos casos se muestran tanto en el sector privado como en el sector público colombiano, a los efectos de demostrar una alta sensibilidad y servir como proceso de reflexión en el mundo laboral del trabajo.

(*) CUT: Central Unitaria de Trabajadores
              de Colombia
(*) CTC: Confederación de Trabajadores
              de Colombia

Referencias Bibliográficas

Central Única de Trabajadores de Colombia y Confederación de Trabajadores de Colombia (2011): Solo Anuncios no son Resultados, Informe de la CTC a la Misión de Alto Nivel (OIT). Febrero 14 de 2011.

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